Artículo 71. Procedimiento de toma de muestras.
Artículo 71 de la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia. · BOE-A-2024-2778
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-07.
Texto consolidado
El procedimiento de toma de muestras se ajustará a lo establecido en las normas específicas para cada producto y, en su defecto, a lo dispuesto en esta ley y demás normas aplicables. Las cantidades que tengan que retirarse de cada ejemplar serán suficientes en función de las determinaciones analíticas que se tengan que realizar.