Artículo 72. Acondicionamiento de las muestras.
Artículo 72 de la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia. · BOE-A-2024-2778
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-07.
Texto consolidado
Las muestras se tomarán, manipularán y etiquetarán de forma que se asegure su validez jurídica, científica y técnica, por lo que los ejemplares de la muestra han de acondicionarse y precintarse de tal manera que se garantice su inviolabilidad, así como identificarse y ser firmados por las personas intervinientes, a fin de garantizar la identidad de las muestras con su contenido durante el tiempo de su conservación hasta que se practiquen las correspondientes analíticas.