Artículo 70. Participación de la iniciativa social.
Artículo 70 de la Ley 9/2018, de 21 de diciembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad. · BOE-A-2019-1630
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-12.
Texto consolidado
1. Las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria garantizarán la participación de las personas con discapacidad y sus familias en la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de todas las políticas que les afecten, a través de las entidades y asociaciones que les representen.
2. Las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria promoverán el desarrollo y participación del movimiento asociativo de las personas con discapacidad y sus familias facilitando los recursos necesarios para ello.
3. Las organizaciones y asociaciones en que se integren las personas con discapacidad y sus familias serán consultadas en la toma de decisiones en los asuntos que específicamente les afecten.