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Ley Vigente

Artículo 70. Infracciones: concepto y clasificación.

Artículo 70 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía. · BOE-A-2001-15384

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-10-26.

Texto consolidado

1. Son infracciones administrativas a la presente ley las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas en la misma.

2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-10-26.

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