Artículo 70. Condiciones de participación.
Artículo 70 del Decreto-Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial. · BOC-j-2012-90002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-26.
Texto consolidado
El reglamento interno de participación al que se refiere el artículo 66.1.b) regulará, como mínimo:
a) Los requisitos que deben reunir los expositores que soliciten participar en la feria.
b) El procedimiento y los criterios de admisión y, en su caso, de exclusión de los expositores.
c) Los derechos y obligaciones de los expositores.
d) El órgano y la regulación del procedimiento para dirimir las cuestiones que se susciten entre los participantes o entre éstos y la entidad organizadora.
e) Las consecuencias para el caso de incumplimiento por los participantes de las disposiciones contenidas en el propio reglamento interno.