Artículo 7. Concepto de proveedor.
Artículo 7 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. · BOE-A-2007-20555
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-01.
Texto consolidado
A efectos de esta norma es proveedor el empresario que suministra o distribuye productos en el mercado, cualquiera que sea el título o contrato en virtud del cual realice dicha distribución.
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