Artículo 7. Ministerio de Educación.
Artículo 7 del Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-7184
Atención: Real Decreto 495/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Ministerio de Educación se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
a) La Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.
2.º La Dirección General de Formación Profesional.
b) La Secretaría General de Universidades, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Política Universitaria.
2.º La Dirección General de Formación y Orientación Universitaria.
c) La Subsecretaría de Educación, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Queda suprimida la Dirección General de Relaciones Internacionales.
El apartado 2 entra en vigor el 1 de julio de 2010, según establece la disposición final 3.