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Real Decreto Vigente

Artículo 7. Condiciones ambientales.

Artículo 7 del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. · BOE-A-1997-8669

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-23.

Texto consolidado

1. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deberá suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. A tal fin, dichas condiciones ambientales y, en particular, las condiciones termohigrométricas de los lugares de trabajo deberán ajustarse a lo establecido en el anexo III.

2. La exposición a los agentes físicos, químicos y biológicos del ambiente de trabajo se regirá por lo dispuesto en su normativa específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-07-23.

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