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Orden Vigente

Artículo 7. Modelo para la Placa.

Artículo 7 de la Orden IET/2149/2012, de 4 de octubre, por la que se aprueba el reglamento para la concesión de la Medalla y Placa al Mérito Turístico. · BOE-A-2012-12684

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-12.

Texto consolidado

1. La Placa al Mérito Turístico, ajustada al modelo que figura en el anexo II de este Reglamento, será de forma cuadrada de 150 milímetros de lado.

2. Al anverso ostentará una recreación de los Toros de Guisando, con sol en la parte superior derecha representado por un círculo. A la izquierda de dicho círculo la Inscripción «Al Mérito Turístico» y en la base del cuadrado la de «España». El reverso será liso.

3. Los dibujos irán vaciados al agua fuerte y aplicado el metal en hojas delgadas sobre el mordiente que sirve para pegarlo. Las letras de las inscripciones irán talladas con buril y rellenados los huecos con el metal correspondiente.

4. El metal constitutivo de la placa será de oro. Carecerá de anilla, cinta de suspensión y pasador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-10-12.

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