Artículo 7. Centros docentes militares de formación de Suboficiales.
Artículo 7 de la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2015-8741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-04.
Texto consolidado
La formación para integrarse en la escala de Suboficiales de los Cuerpos específicos de los Ejércitos y de la escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares, se impartirá en los centros docentes militares de formación determinados y que, conforme a la normativa vigente, serán recogidos en los planes de estudios.
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