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Ley Foral Vigente

Artículo 7. Incorporación al planeamiento urbanístico municipal.

Artículo 7 de la Ley foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra. · BOE-A-1996-22199

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-06-29.

Texto consolidado

1. Las determinaciones relativas a los Espacios Naturales se incorporarán al planeamiento urbanístico municipal cuanto éste se redacte o se revise, sin perjuicio, entre tanto, de su aplicación directa.

2. El planeamiento urbanístico municipal podrá recoger normas adicionales de protección de los Espacios Naturales, sin que en ningún caso se opongan a esta Ley Foral o a sus normas y planes de desarrollo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-06-29.

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