Artículo 7. Presunción de veracidad.
Artículo 7 de la Ley 9/2013, de 28 de noviembre, de Autoridad de Profesionales del Sistema Sanitario y de Servicios Sociales Públicos de Aragón. · BOE-A-2013-13652
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-13.
Texto consolidado
En el ejercicio de sus funciones, los hechos constatados por los mencionados profesionales gozarán de la presunción de veracidad cuando se formalicen por escrito en documento que cuente con los requisitos establecidos según la normativa que resulte de aplicación en cada caso.