Artículo 7. Derecho a participar en las iniciativas legislativas populares.
Artículo 7 de la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los andaluces en el mundo. · BOE-A-2006-20850
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-08.
Texto consolidado
Los andaluces en el exterior podrán suscribir las iniciativas legislativas populares presentadas en el Parlamento de Andalucía en las mismas condiciones establecidas en la legislación para los andaluces residentes en Andalucía.