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Ley Foral Vigente

Artículo 67. Formas de iniciativa privada.

Artículo 67 de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales. · BOE-A-2007-2008

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-20.

Texto consolidado

1. Las entidades de iniciativa privada de servicios sociales podrán ser de iniciativa social y de iniciativa mercantil.

2. Son entidades de iniciativa social las fundaciones, asociaciones, entidades de voluntariado y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 65.

3. Son entidades de iniciativa mercantil las personas físicas y jurídicas privadas con ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 65.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-20.

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