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Ley Vigente

Artículo 67. Funcionamiento del Consejo de la Juventud de las Illes Balears.

Artículo 67 de la Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15289

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-15.

Texto consolidado

El Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de la Juventud de las Illes Balears, aprobado por acuerdo de la Asamblea General, establecerá su régimen de convocatorias y funcionamiento. El Reglamento se publicará en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-15.

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