Artículo 65. Actuaciones de inscripción, autorización y acreditación.
Artículo 65 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León. · BOE-A-2011-402
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-21.
Texto consolidado
Las actuaciones de inscripción en el Registro, autorización y acreditación, en los términos establecidos en el presente capítulo, se realizarán por la Administración de la Comunidad.