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Ley Vigente

Artículo 64. Supuestos de reducción de jornada.

Artículo 64 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León. · BOE-A-2007-7033

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-14.

Texto consolidado

1. Resultarán de aplicación al personal estatutario los supuestos de reducción de jornada establecidos para los funcionarios públicos en las condiciones establecidas por la normativa de la función pública de la Comunidad de Castilla y León para la conciliación de la vida familiar y laboral.

2. Siempre que resulte compatible con la naturaleza del puesto y con las funciones de organización de la asistencia sanitaria, y atendiendo al desarrollo reglamentario que se realice, el personal estatutario, incluido en el ámbito de aplicación de esta Ley, podrá solicitar el disfrute de reducción de jornada con la consiguiente reducción proporcional de retribuciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-14.

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