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Real Decreto Vigente

Artículo 63. Medidas de información pública y de consulta.

Artículo 63 del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica. · BOE-A-2007-13182

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-08.

Texto consolidado

El plan hidrológico contendrá un resumen de las medidas de información pública y de consulta que se hayan aplicado durante su tramitación, sus resultados y los cambios consiguientes efectuados en el plan, de acuerdo con lo indicado en los artículos 71 a 80, ambos inclusive.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-08.

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