Artículo 63. Infracciones leves.
Artículo 63 del Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2024-7594
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-18.
Texto consolidado
Son infracciones leves:
a) La falta de respeto, que consistirá en proferir expresiones calumniosas o injuriosas, o no atender los requerimientos que, dentro de las funciones, pudieran realizar los distintos cargos a quienes vengan obligados a cumplirlos, cuando no constituya infracción grave.
b) Los actos enumerados en los artículos anteriores cuando no tuviesen entidad suficiente para ser considerados como muy graves o graves.