Artículo 62. Infracciones graves.
Artículo 62 del Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2024-7594
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-18.
Texto consolidado
Son infracciones graves:
a) La falta de respeto, por acción u omisión, a los componentes del Comité Ejecutivo cuando actúen en ejercicio de sus funciones.
b) Los actos y omisiones descritos en el artículo anterior, cuando no tuvieren entidad suficiente para ser considerados como muy graves.
c) Incumplir el deber de confidencialidad sobre cuestiones colegiales cuando ésta exista.
d) No atender los requerimientos efectuados por los Colegios o el Consejo General en el ejercicio de sus competencias.