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Ley Vigente

Artículo 62. Medidas de ordenación del sector pesquero.

Artículo 62 de la Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas. · BOE-A-2010-4179

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-24.

Texto consolidado

La Generalidad ejecuta sus políticas de ordenación del sector pesquero mediante las siguientes medidas:

a) Capacitar y formar a los profesionales del sector y conocer su número y las circunstancias en que ejercen su actividad profesional.

b) Fomentar y promocionar las organizaciones representativas del sector.

c) Regular y controlar la flota y las infraestructuras pesqueras y fomentar su modernización.

d) Regular, controlar y fomentar los puntos de primera venta y la comercialización de los productos pesqueros.

e) Financiar e impulsar la investigación y la innovación para mejorar el sector.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-03-24.

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