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Real Decreto Derogada

Artículo 61. Elección de Vicepresidente y Tesorero.

Artículo 61 del Real Decreto 327/2002, de 5 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior. · BOE-A-2002-7587

Atención: Real Decreto 327/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La elección del Vicepresidente y del Tesorero requiere la presencia de la mayoría de los miembros del Pleno y se producirá por mayoría simple en votación secreta.

Ambos cargos cesarán y serán renovados a la toma de posesión del Presidente electo. La vacante anticipada de cualquiera de ellos será cubierta en el siguiente Pleno ordinario que se celebre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-04-21.

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