Artículo 61. Reglas de compatibilidad
Artículo 61 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones. · BOIB-i-2005-90013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.
Texto consolidado
Las sanciones reguladas en el presente Capítulo se entienden sin perjuicio de la obligación de reintegro que prevé esta Ley, así como de las indemnizaciones de daños y perjuicios que se pueden exigir.