Artículo 60. Asunción por el Estado de la deuda del Instituto Nacional de Industria.
Artículo 60 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. · BOE-A-1988-29563
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.
Texto consolidado
El Estado asume, con fecha 1 de enero de 1989, la deuda correspondiente a la emisión de obligaciones y créditos del Instituto Nacional de Industria, por un importe de 110.002.080.000 pesetas, en los términos que se indican en el anexo IV de esta Ley.
La deuda del Instituto Nacional de Industria correspondiente a las emisiones de obligaciones y créditos cuya carga asume el Estado conservará todas sus características.
El importe de la deuda asumida en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior se convierte en aportación del Estado para incrementar el fondo patrimonial del Instituto Nacional de Industria.
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