Artículo 61. Asunción por el Estado de deuda del Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios (FORPPA).
Artículo 61 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. · BOE-A-1988-29563
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.
Texto consolidado
El Estado asume, con fecha 1 de enero de 1989, la deuda del Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios (FORPPA), que se detalla en el anexo V, por un importe de 209.291.000.000 pesetas.
La deuda asumida adoptará la forma de un crédito singular del Banco de España al Estado de los definidos en el artículo 101.3 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, con plazo de amortización de diez años y sin interés.