Artículo 60. Naturaleza y efectos de la licencia de actividad física.
Artículo 60 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13669
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-03.
Texto consolidado
La licencia de actividad física autoriza al titular para la práctica de actividades físicas o deportivas organizadas fuera del ámbito de la competición federada, y también autoriza a utilizar espacios deportivos de la entidad organizadora de la actividad respectiva y a participar en cualquier actividad física y deportiva que organicen otras entidades.