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Real Decreto Vigente 3 redacciones

Artículo 6. Escala de suboficiales.

Artículo 6 del Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-8698

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-29.

Texto consolidado

En la escala de suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra existirán las siguientes especialidades fundamentales:

a) Infantería.

b) Caballería.

c) Artillería.

d) Ingenieros.

e) Transmisiones.

f) Aviación del Ejército de Tierra.

g) Electrónica y Telecomunicaciones.

h) Mantenimiento y Montaje de Equipos.

i) Informática.

j) Automoción.

k) Mantenimiento de Aeronaves.

l) Mantenimiento de Armamento y Material.

Téngase en cuenta, en cuanto a las especialidades de origen y la enseñanza de formación las disposiciones transitorias 1 y 2 del citado Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-29.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-6876.

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