El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 6. Fusiones y cambios.

Artículo 6 del Real Decreto 40/1996, de 19 de enero, por el que se aprueba el Estatuto General de los Colegios Profesionales de Habilitados de Clases Pasivas. · BOE-A-1996-2989

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-02-13.

Texto consolidado

De conformidad con el artículo 4.2. de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, la fusión, absorción, segregación, cambio de denominación y disolución de los Colegios Profesionales de Habilitados de Clases Pasivas será promovida por los propios Colegios, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos estatutos de aplicación, y requerirá la aprobación por Real Decreto, previa audiencia de los demás Colegios afectados que podrá realizarse a través del Consejo General.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-02-13.

Más artículos de Real Decreto 40/1996

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 40/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.