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Real Decreto Derogada

Artículo 6.

Artículo 6 del Real Decreto 397/1990, de 16 de marzo, por el que se aprueban las condiciones generales de los materiales, para uso alimentario, distintos de los poliméricos. · BOE-A-1990-7739

Atención: Real Decreto 397/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los materiales comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente disposición, así como los aparatos, utensilios, envolventes o cualquier otro objeto, se presentarán debidamente envasados o embalados, salvo aquellos que la correcta práctica de distribución permita su suministro a granel.

Los datos obligatorios del marcado y etiquetado se expresarán necesariamente, al menos, en la lengua española oficial del Estado, en la que igualmente será obligatorio consignar las instrucciones de uso, seguridad y mantenimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-04-16.

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