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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Presentación telemática de las solicitudes.

Artículo 6 del Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales. · BOE-A-2009-12002

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-21.

Texto consolidado

Las solicitudes contempladas en este real decreto, salvo en casos excepcionales y debidamente justificados, se presentarán por vía o medios telemáticos a la Agencia conforme a lo previsto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Asimismo, las solicitudes deberán preservar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-07-21.

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