Artículo 6. Asesoramiento y orientación para el empleo.
Artículo 6 de la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-4502
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-06.
Texto consolidado
La Comunidad de Madrid llevará a cabo programas específicos que faciliten el acceso de los jóvenes al primer empleo y que proporcionen la creación de empleo estable. Asimismo, desarrollará iniciativas de asesoramiento, formación y apoyo técnico para la creación de empresas.