Artículo 7. Subvenciones y ayudas a la creación de empleo joven.
Artículo 7 de la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-4502
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-06.
Texto consolidado
La Comunidad de Madrid habilitará líneas de subvención o ayuda destinadas, tanto a la contratación prioritaria de los jóvenes por cuenta ajena, como a la creación de empresas por jóvenes.