Artículo 6. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias.
Artículo 6 del Decreto-ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público. · BOE-A-2021-4246
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
Corresponde al departamento competente en materia de finanzas autorizar las transferencias de crédito entre varios capítulos presupuestarios y el capítulo 1, dentro de la misma sección y código de financiación.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022..
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