Artículo 7. Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios futuros.
Artículo 7 del Decreto-ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público. · BOE-A-2021-4246
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-30.
Texto consolidado
7.1 Se pueden adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual en el caso de expedientes que se financien con los fondos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia y del REACT-EU.
7.2 En el caso de los expedientes financiados con fondos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia el plazo no puede ir más allá del año 2026.
7.3 En el caso de los expedientes financiados con fondos REACT-EU, el plazo no puede ir más allá del año 2023.
7.4 Corresponde al departamento competente en materia de finanzas la autorización y la modificación de compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios futuros de proyectos programados en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del REACT-EU, siempre que el importe de las anualidades futuras no supere los 300.000 euros.#da
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Decreto-ley 11/2021, de 27 de abril, de medidas de carácter presupuestario, tributario, administrativo y financiero..
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