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Ley Vigente

Artículo 59. Actualización del inventario.

Artículo 59 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía. · BOE-A-1999-21488

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-11-26.

Texto consolidado

1. Las entidades locales deberán tener actualizado su inventario.

2. Todo acto administrativo de adquisición, enajenación, gravamen o que tenga cualquier tipo de repercusión sobre la situación física y jurídica de los bienes se anotará en el inventario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-11-26.

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