Artículo 59. Normativa de las federaciones deportivas supra-autonómicas.
Artículo 59 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771
Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las normas y los reglamentos de las federaciones deportivas supra-autonómicas sólo son aplicables a las federaciones deportivas de las Illes Balears y, si corresponde, a sus clubes deportivos y a las entidades miembros, en materia disciplinaria y competitiva, cuando actúen o participen en competiciones oficiales de los ámbitos supra-autonómicos.