El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 58. Conciliación en las empresas.

Artículo 58 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura. · BOE-A-2011-6651

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

Texto consolidado

1. Las empresas y entidades privadas respetarán los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres que garantiza esta ley. Igualmente, deberán desarrollar actuaciones tendentes a facilitar la conciliación de las responsabilidades profesionales de sus trabajadores y trabajadoras con su vida personal y familiar.

2. Los Poderes Públicos de Extremadura, en el ámbito de sus competencias, impulsarán medidas que favorezcan que las empresas flexibilicen y reordenen el tiempo de trabajo o adopten otras medidas de conciliación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

Más artículos de Ley 8/2011

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.