Artículo 57. Acceso a otros productos o servicios perjudiciales para la salud.
Artículo 57 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.
Texto consolidado
Se prohíbe vender o suministrar a niños, niñas y adolescentes cualquier producto diferente de los mencionados en el artículo anterior que pueda causar dependencia física o psíquica, aunque sea por un uso inadecuado, o que produzca efectos perjudiciales para su salud o para el libre desarrollo de su personalidad.