Artículo 56. Acceso a las bebidas alcohólicas y al tabaco.
Artículo 56 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.
Texto consolidado
1. Las personas menores de edad tienen prohibido el acceso a las bebidas alcohólicas y al tabaco de acuerdo con la normativa específica en esta materia.
2. Se prohíbe consumir, vender o suministrar estos productos en los centros de educación, en las instalaciones destinadas a actividades para las personas menores de edad y en los lugares que establece la legislación específica. Esta prohibición tiene que constar en lugares visibles.