Artículo 56. Zonas de mezcla.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-11.
Texto consolidado
En tanto se elaboran estudios específicos al efecto se seguirán las orientaciones de la Directiva 2008/105/CE relativas al establecimiento de zonas de mezcla adyacentes a las descargas de efluentes y la guía de orientaciones técnicas para la identificación de las zonas de mezcla.
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