Artículo 56 quinquies. Desarrollo reglamentario.
Artículo 56 quinquies de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-1990-18911
Atención: Ley 3/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El desarrollo de lo previsto en los artículos 56 a 56.Quáter anteriores, así como el procedimiento para sancionar las faltas disciplinarias se realizará reglamentariamente.