Artículo 55. Normas sobre gestión de ingresos.
Artículo 55 de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984. · BOE-A-1983-34167
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-01.
Texto consolidado
(Derogado)#primera-4
Se prorroga para el año 1985 por la disposición adicional 29 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1984-28337#vigesimanovena
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991..