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Real Decreto Derogada

Artículo 54. Competencia.

Artículo 54 del Real Decreto 104/2003, de 24 de enero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales y de su Consejo General. · BOE-A-2003-2101

Atención: Real Decreto 104/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Colegios Oficiales, el Consejo General y, en su caso, los Consejos Autonómicos, dentro de su respectiva competencia, ejercerán la potestad disciplinaria para sancionar las infracciones en que incurran los colegiados y los cargos colegiales en el ejercicio de su profesión o en su actividad colegial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-02-02.

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