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Ley Derogada

Artículo 54. Funciones y características del deporte escolar.

Artículo 54 de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. · BOE-A-2011-20657

Atención: Ley 14/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La práctica del deporte escolar será preferentemente polideportiva y no orientada exclusivamente a la competición, de tal manera que se garantice que toda la población escolar conozca y desarrolle la práctica de diversas modalidades deportivas de acuerdo con su voluntad, aptitud física y edad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

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