Artículo 53. Concepto.
Artículo 53 de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. · BOE-A-2011-20657
Atención: Ley 14/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se considera como deporte escolar, a los efectos de esta ley, aquella actividad deportiva organizada que es practicada por escolares en horario no lectivo durante el periodo de escolarización obligatorio.