El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 53. Operaciones de crédito.

Artículo 53 de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura. · BOE-A-2011-555

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-24.

Texto consolidado

1. Los estatutos de las mancomunidades podrán prever que las operaciones de crédito que pueda concertar una mancomunidad para financiar la realización de actividades o servicios de su competencia serán avaladas por los municipios y entidades locales menores que la integran cuando el patrimonio propio de la mancomunidad o sus recursos ordinarios no sean suficientes para garantizarla.

2. En estos casos, a efectos de autorización de endeudamiento, se computarán como recursos ordinarios y carga financiera el conjunto de éstos en los municipios y entidades locales menores avalistas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-24.

Más artículos de Ley 17/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 17/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.