Artículo 52. Examen de cuentas.
Artículo 52 del Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2024-7594
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-18.
Texto consolidado
Todas las personas colegiadas, siempre y cuando el Colegio o Consejo General Autonómico del que formen parte se encuentre al corriente en sus obligaciones ante el Consejo General, podrán examinar las cuentas del Consejo General durante los quince días hábiles anteriores a la fecha de celebración de la asamblea permanente que haya de aprobarlas, previa petición formal por escrito en los quince días anteriores a la celebración de la asamblea.