Artículo 502. Días y horas hábiles.
Artículo 502 de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. · BOE-A-2014-7877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-25.
Texto consolidado
En los procedimientos relativos al Derecho marítimo serán hábiles todos los días y horas sin excepción.