El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 50.

Artículo 50 de la Ley 2/1989, de 6 de junio, de caza. · BOE-A-1989-15374

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-07.

Texto consolidado

1. Las infracciones administrativas contra lo dispuesto en la presente Ley prescribirán: En el plazo de cuatro años las muy graves; en el plazo de un año, las graves; en el de seis meses, las menos graves, y en el de dos meses, las leves.

2. El plazo de prescripción comenzará a contar a partir de la fecha de la comisión del hecho que constituye la infracción si antes de transcurrir dicho plazo no se ha notificado al presunto infractor la incoación del expediente sancionador o si, habiéndose iniciado éste, se produjera paralización de las actuaciones por tiempo superior a dicho plazo.

3. Cualquier actuación judicial o administrativa interrumpirá el plazo de prescripción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-07.

Más artículos de Ley 2/1989

En El Vínculo puedes leer Ley 2/1989 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.