Artículo 5. Representatividad.
Artículo 5 del Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes. · BOE-A-1979-3121
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-22.
Texto consolidado
Un Consejo General de Colegios Profesionales de Delineantes ubicado en Madrid ostentará en el ámbito nacional la representación de todos los Colegios de España. El Consejo General ejercerá las funciones que se le señalan en el capítulo VI de los presentes Estatutos.